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CAPÍTULO 2: DEL PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN

ARTÍCULO 8°. El procedimiento de titulación para los egresados de Maestría en modalidad No Escolarizada se inicia una vez que han cubierto los siguientes requisitos:

  1. Completar el total de los créditos del plan de estudios correspondiente.
  2. Enviar el total de los documentos solicitados, especificados en el Artículo 14º. de este Reglamento.
  3. No adeudar pagos de colegiaturas y reinscripciones.
  4. Realizar el pago del trámite de titulación, que corresponde a $18,000 MXN (Dieciocho mil pesos 00/100 M.N.). 

ARTÍCULO 9°. El egresado podrá elegir la Modalidad de Titulación según las opciones establecidas en el presente reglamento, las cuales pueden conllevar cuotas adicionales, que no están considerados en el costo detallado en el Artículo 8°.

ARTÍCULO 10°. Los costos establecidos en este reglamento están sujetos a cambios anuales basados en la inflación y otros factores económicos determinados por la institución y las regulaciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).